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14.Ago.2013 / 09:50 am / Haga un comentario

Sesion_Sancionada_LOC_06ago2013

13-08-2013 23:16:39
Periodista:María Alejandra Brito
Fotografo:Cortesía
La norma legal establece la creación del Fondo Nacional para la Cultura, con el fin de financiar la creación, desarrollo, formación, investigación, producción, promoción, preservación, estímulo y consolidación de la actividad cultura

La Cámara Plena de la Asamblea Nacional sancionó este martes en sesión ordinaria, la Ley Orgánica de Cultura, la cual tiene por objeto desarrollar los principios rectores, deberes, garantías y derechos culturales establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y los tratados internacionales suscritos y ratificados por la República es esta materia; fomentar y garantizar el ejercicio de la creación cultural, la preeminencia de los valores de la cultura como derecho humano fundamental, bien irrenunciable y legado universal, reconociendo la identidad nacional en su diversidad cultural y étnica, y respetando la interculturalidad bajo el principio de igualdad de las culturas.

Las disposiciones de esa Ley son de orden público y serán aplicables a la Administración pública Nacional, Estadal y Municipal, a las organizaciones del Poder Popular, así como a todas las personas naturales o jurídicas de derecho público o privado que se dediquen a realizar cualquier actividad relacionada con la práctica, promoción, organización, fomento, formación, administración y disfrute, vinculado con la cultura.

En el instrumento se conceptualiza la definición de los siguientes términos: cultura, cultura venezolana, identidad cultural venezolana, multiétnico, diversidad cultural venezolana, interculturalidad venezolana, aculturación, cosmovisión, artista, creador o creadora, cultor o cultora, artesanía, trabajador y trabajadora cultural, comunidad cultural, consejos estadales de cultura, espacios culturales socioproductivos, patrimonio cultural, lenguaje de señas, legua afrovenezolana, zona de interés cultural y Poder Popular.

Multietnicidad, diversidad, pluriculturalidad, plurilingüismo e interculturalidad, dentro de un marco de libertad, democracia, pluralismo político, humanismo, paz, justicia social, igualdad, equidad, inclusión, solidaridad, soberanía, responsabilidad social, corresponsabilidad, participación, reconocimiento de las tradiciones, autonomía funcional de la administración cultural pública, dignidad, integridad, respeto a los derechos humanos, libertad de cultos, a los valores étnicos y morales, y consolidación de la unión latinoamericana y caribeña fundamentada en el pensamiento bolivariano, son los principios que regirán las políticas culturales.

Con la Ley Orgánica de Cultura se considera de interés público la defensa de la cultura venezolana. El Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Cultura, en corresponsabilidad con el Poder Popular, las familias, el sistema educativo nacional y medios de comunicación públicos, privados y alternativos; así como las demás formas de organización social, están en el deber de defender, fortalecer y promover el conocimiento, la divulgación y la comprensión de la cultura venezolana.

Se establece que toda persona en la República Bolivariana de Venezuela, tiene el derecho irrenunciable al pleno desarrollo de sus capacidades intelectuales y creativas, a la producción y divulgación de los resultados del proceso creador, así como acceso universal a la información, bienes y servicios culturales; las personas privadas de libertad, con discapacidad general, adultas y adultos mayores, gozarán de atención especial.

Será en Estado en corresponsabilidad con el pueblo, medios de comunicación y demás formas de organización social, a los fines de preservar la identidad cultural, quien garantizará el uso, preservación y divulgación del idioma castellano, de los idiomas indígenas, de la legua afrovenezolana y de los idiomas de las comunidades radicadas en Venezuela.

Asimismo, el Estado protegerá y promoverá las culturas populares constitutivas de la venezolanidad a través de políticas públicas, planes proyectos, programas e iniciativas dirigidas a potenciar la capacidad creativa y crítica del pueblo. En ese contexto, para dar cumplimiento a lo establecido en la Constitución Nacional, el Ministerio con competencia en la materia, diseñará políticas públicas destinadas a la formación, capacitación, actualización, promoción, producción y comercialización de las artesanías venezolanas; así como políticas orientadas al proceso de formación en valores propios de la identidad y diversidad nacional, por lo que deberá crear instituciones, planes, proyectos y programas necesarios para garantizar el cumplimiento de ese deber.

Patrimonio cultural de la Nación
A los efectos de esa Ley, se considera Patrimonio Cultural de la Nación a todos y cada uno de los bienes materiales o inmateriales que se entiendan como manifestación o testimonio significativo de la cultura venezolana y que están incluidos formalmente en el registro general de patrimonio, del ente nacional con competencia en patrimonio cultural. También se son considerados patrimonio cultural, los bienes culturales y arquitectónicos que estén o hayan estado en la tierra y en su superficie, o en el medio acuático o subacuático de la República Bolivariana de Venezuela.

Es un derecho y atribución del pueblo, de las comunidades, de las instituciones culturales públicas y privadas, gobierno locales y regionales, reconocer como valor patrimonial a cualquier bien cultural, el cual deberá ser formalizado por el organismo competente para asignación de la declaratoria como patrimonio cultural; así como la declaratoria de zona de interés cultural, con el objeto de preservar el acervo cultural de una determinada localidad, municipio, estado o región, en concordancia con la ley especial que regula la materia.

En otro tema, el Estado reconocerá y garantizará el derechos sobre la propiedad intelectual de las autoras y autores sobre sus obras creativas en sus diversas expresiones; asimismo, garantizará los recursos a fin de desarrollar una política de publicaciones de las obras creativas, que contribuya al fortalecimiento del acervo cultural.

Políticas públicas
El Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de cultura, en corresponsabilidad con el Poder Popular es el encargado de concebir, diseñar, promover y garantizar el control y seguimiento de las políticas públicas en materia cultural.

Por esa razón, tendrá la obligación de crear los Consejos Estadales de Cultura, para la gestión cultural nacional, regional y loca, en concordancia con lo establecido en la Ley de Gestión Cultural.

En trabajo conjunto con los ministerios con competencia en Educación, Educación Universitaria, Juventud, Deporte y Comunicación e Información, orientará la gestión cultural del estado hacia la formación de una identidad nacional en niños, niñas y adolescentes. Utilizando los medios de comunicación promoverá la producción de contenidos y programas fundamentales para profundizar la cultura de paz, humanista, de justicia, de respeto, solidaria, soberana, libertaria, descolonizadora, democrática, de trabajo, entre otras.

El Ministerio de Cultura también será el encargado de administrar, distribuir y gestionar el talento humano, los recursos financieros y materiales para promover y estimular el fomento, la formación y la investigación en materia cultural. Asimismo, salvaguardará todas las expresiones culturales de la Nación, con prioridad en aquellas que se encuentren amenazadas y en riesgo de desaparecer.

En ese contexto, el Estado a través de sus órganos rectores y en corresponsabilidad con el Poder Popular, ejercerán el control, seguimiento y contraloría social de los recursos públicos asignados para la gestión cultural.

Se creará a través del Ministerio de Cultura la actividad cinematográfica nacional y las obras con mensaje visual o audiovisual e imágenes diacrónicas organizadas en discursos, que fijadas en cualquier soporte tienen la posibilidad de ser exhibidas a través de medios masivos. También se diseñarán políticas para proteger y salvaguardar los libros en el territorio nacional; así como políticas destinadas al Archivo Histórico de la Nación: guarda, custodia, organización, preservación, conservación, digitalización, catalogación, servicio y estudio de los documentos históricos.

Cultura venezolana en el exterior

El Ministerio de Cultura en concordancia con el Ministerio de Relaciones Exteriores, diseñará, impulsará, promoverá y fortalecerá las acciones necesarias para asegurar la proyección y promoción de la cultura venezolana en el exterior; así como la cooperación e intercambio de experiencias y saberes con otras naciones.

Ambos organismos deberán diseñar de forma conjunta la formación y capacitación de las y los responsables de gestionar la cultura venezolana en otros países.

Economía cultural

El Ministerio de Cultura en corresponsabilidad con el Poder Popular, deberá gestionar las políticas públicas culturales para la democratización de poder económico e impulsar la transformación de las relaciones entre el Estado y las comunidades culturales del país. Además deberá fomentar espacios culturales socioproductivos.

La norma legal establece la creación del Fondo Nacional para la Cultura, el cual estará constituido por lo aportes y donaciones realizadas por las personas naturales y jurídicas de naturaleza pública y privada; así como cualquier otro aporte extraordinario que haga el Estado y los recursos generados por el funcionamiento del mismo.

Ese fondo será utilizado para financiar la creación, desarrollo, formación, investigación, producción, promoción, preservación, estímulo y consolidación de la actividad cultural. Los recursos de ese fondo serán ejecutados por el Ministerio de Cultura.

 

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