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15.Nov.2013 / 11:33 am / Haga un comentario

Ley_Artesanal_15Nov2013

 

Durante el debate estuvieron presentes el Frente Revolucionario de Artesanas y Artesanos de Venezuela, Asamblea de Artesanos de Caracas 

 

El plenario de la Asamblea Nacional sancionó la Ley para el Desarrollo y la Creación Artesanal con 33 artículos, 3 disposiciones  transitorias, 1 derogatoria y 1 final.

La diputada Gladys Requena (PSUV- Vargas), presidenta de la Comisión Permanente de Cultura y Recreación,  expuso la necesidad de no aprobar la ley como una reforma sino enmarcada en la Constitución de 1999, porque definitivamente se trata de una nueva normativa, incluso está en concordancia con la recién aprobada Ley Orgánica de Cultura.

Para la parlamentaria “fue muy rico el proceso de consultas”, al respecto presentó los informes de los diputados coordinadores de los estados sedes, como prueba irrefutable del debate público a que fue sometido el proyecto de Ley.

De igual modo, presentó registros de prensa del recorrido que hiciera la instancia por el país. “Debo decir que  contamos con el análisis de desarrollo Legislativo para hacer el registro estadístico, de las 12 regiones del país, con el respaldo del pueblo legislador, de los movimientos de artesanos de Venezuela y del Frente Revolucionario de Artesanas y Artesanos”.

En la revisión del artículo 1, sobre el objeto de la Ley, se solicitó la incorporación de la protección de todos aquellos ambientes de interés donde se desenvuelve la actividad artesanal. También fue aprobado el ámbito de aplicación de la ley, que incluye el territorio de la República especialmente en las entidades locales de los municipios, estados y regiones.

La artesanía queda reconocida como valor de la actividad turística nacional, y la referencia como derecho en todo el territorio nacional, de igual modo los parlamentarios votaron a favor de la declaratoria de interés público.

El glosario de términos en el que destacan el de artesana y artesano, aprendiz, oficiante, maestro artesano y maestra artesana y maestro patrimonial, artesanía y artesanía tradicional; así como el de taller artesanal, artesanía experimental, contemporánea y  bienes culturales artesanales fue aprobado en su totalidad.

Consejos de Artesanos 

La ley crea los Consejos de Artesanas y Artesanos, en el Ámbito Nacional, Estadal, Municipal y local; mientras que de los Consejos Estadales de Artesanos y Artesanas la diputada Requena refirió que se trata de una normativa que le imprime importancia a la acción que desarrollen las artesanas y artesanos.

Con relación al Consejo Nacional de Artesanas y Artesanos, se argumentó que estará en concordancia con lo establecido en el Plan Estratégico Anual de Desarrollo Artesanal Anual. La planificación de la actividad artesanal quedará en manos del Ministerio del Poder Popular con competencia en Cultura, y su ejecución estará a cargo del Centro Nacional de la Artesanía.

Sobre las políticas del ente ejecutor se consideran de primera importancia el fomento, la defensa y la protección de las artesanías; la ejecución del Plan Estratégico Anual de Desarrollo Artesanal en coordinación con los Ministerios del Poder Popular con competencia en materia de Planificación, Ciencia y Tecnología, Finanzas, Ambiente, Comercio, Comunas y la participación de las Artesanas y Artesanos.

Niveles de Gobierno

El estado de en sus diferentes niveles promoverá y desarrollará la artesanía, en sus diferentes niveles de gobierno, a través de sus direcciones, secretarías o instancias organizativas con competencia en materia de cultura.

Se establece el sello de calidad artesanal “Bien Venezolano hecho a mano”, para la certificación de artesanías que permitan diferenciarlas de productos elaborados industrialmente.

El debate contó con la presencia de la Asamblea de Artesanos de Venezuela, el Centro Nacional de Artesanía  y el Frente Revolucionario de Artesanas y Artesanos, quienes fueron determinantes en la formación de la ley sancionada.

Aprovechamiento sustentable

El diputado Manuel Briceño, presidente de la Comisión Permanente de Ambiente,  solicitó la modificación del uso sostenible de los recursos, por el de uso y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, para que sea aplicado a lo largo del texto.

Con respecto al financiamiento, producción y comercialización de bienes culturales como temas relacionados con las políticas y programas que faciliten el financiamiento y otorguen facilidades crediticias serán de obligatorio cumplimiento para la banca pública y para los órganos financieros.

El primer vicepresidente de la Asamblea Nacional, Darío vivas, anunció la remisión de la Ley al Ejecutivo Nacional para que el presidente Nicolás Maduro le coloque el ejecútese correspondiente.

Queda derogada la ley de Fomento y Protección Artesanal del año 1993; mientras que las disposiciones transitorias establecen que dentro de los 180 días siguientes a la publicación de la ley el Ministerio del Poder Popular para la Cultura pondrá en funcionamiento el Registro Nacional de la Actividad Artesanal; de igual modo, declara que la ley entrará en vigencia a partir de su publicación en Gaceta Oficial.

14-11-2013
Periodista:Zenaida Da Costa
Fotografo:Prensa AN

 

 

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